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Tributación de las stock options para empleados en ChileTributación de las stock options para empleados en ChileTributación de las stock options para empleados en Chile

Tributación de las stock options para empleados en Chile

Tu empresa concede stock options? Entienda cómo funcionan las opciones de acciones y cómo se tributan estos contratos en Chile

Las startups usualmente ofrecen stock options como parte del paquete de remuneraciones a sus empleados. Esto beneficia a ambas partes — cuando eres dueño de un pedazo de la empresa, te motiva a ayudarla para que le vaya bien. Algunas veces, tus opciones pueden llegar a valer más que tu sueldo. Especialmente si te unes tempranamente a una empresa y luego despega, con lo que conseguirías vender tus acciones por un valor mayor al que pagaste.

Las stock options no son realmente acciones — son la oportunidad para ejercer (comprar) cierto monto de acciones de la empresa a un precio previamente acordado, llamado precio de ejercicio. Nunca estás obligado a ejercerlas (por eso se les llama opciones).

Cómo funcionan las stock options: otorgamiento y vesting

Los contratos de opción son el medio por el que tu empresa concede las stock options. Dicho contrato establecerá todos los detalles de tu plan de acciones, incluyendo:

  • El tipo de acciones que obtendrás
  • Cuántas acciones tendrás
  • Tu precio de ejercicio (el costo de comprar las acciones, usualmente basado en el valor de mercado de las acciones al momento de suscribir la opción)
  • Tu calendario o programa de vesting (cuánto estás facultado a ejercitar las opciones)

El proceso por el que ganas el derecho a ejercitar tus opciones se llama vesting. Usualmente, tienes que pasar el “vesting cliff” o plazo de suspensión — cuando las empresas se aseguran de que te quedes por cierto periodo de tiempo (por lo general, un año) — antes de que puedas ejercitar cualquier opción.

Por lo general sólo puedes ejercer tus opciones liberadas: si dejas tu empresa, aquellas opciones tuyas que no alcanzaron a liberarse volverán al pool de acciones para empleados de la empresa, para ser re otorgadas a futuros empleados.

¿De dónde vienen estas opciones de acciones?

El plan de opción de acciones para empleados (Employee Stock Option Plan o ESOP) es la cantidad de acciones ordinarias reservadas que posee una compañía para emisión futura. Entre los empleados que hayan acordado planes de acciones se distribuyen las acciones del ESOP.

¿Qué es el plazo de vesting?

Un plazo de vesting es un periodo de tiempo o hito que debe cumplirse antes de que puedas ejercer tus opciones.

Un periodo de vesting típicamente comprende las siguientes etapas:

1. Otorgamiento o grant: Es la fecha en que la compañía te entrega una opción para comprar acciones.

2. Plazo de suspensión o cliff: Es el momento en el que tu primer paquete de acciones se libera del vesting (acciones liberadas o vested shares) y obtienes el derecho a suscribir y comprar las acciones sujetas a la opción. El típico cliff es de un año.

3. Liberadas o vested: Todas tus acciones han sido liberadas y están disponibles para la compra.

4. Ejercicio: Se da cuando ejecutas la compra sobre todas o una parte de tus acciones.

5. Venta: Es cuanto vendes todas o una parte de tus acciones.

¿Qué es el precio de ejercicio?

Cada opción de acciones tiene un precio de ejercicio o strike price, el cual es el precio al cual la acción puede ser comprada. El precio de ejercicio debiese al menos corresponder al valor justo del mercado de las acciones al momento en que las opciones son otorgadas. El precio de las opciones para los primeros empleados por lo general es bastante bajo.

¿Cómo tributan las opciones de acciones en Chile?

En Chile no existen distintos tipos de opciones como en Estados Unidos, pero sí existen diferencias de las obligaciones tributarias que se originan dependiendo del modo de otorgamiento, cuánto valen, y cuándo se ejercen y venden.

Desde que la Ley 21.210 modificó el tratamiento tributario de los planes de opciones, tu tributación dependerá esencialmente de si estaban o no contemplados en tus contratos individuales o colectivos de trabajo. Es decir, dichos acuerdos deben mencionar, al menos, que existe un contrato de opción de acciones como parte de tu paquete de remuneración, sin importar de que exista otro contrato que lo regule específicamente.

A. Planes pactados en contratos individuales o colectivos de trabajo:

En este caso, tributarás cuando vendas tus acciones, es decir, se postergará tu tributación hasta después del ejercicio de la opción.

De esta manera, el otorgamiento de la opción no tributa y el hecho gravado sólo se configuraría a la venta de las acciones que fueron adquiridas por el ejercicio de la opción, que no es otra cosa que una ganancia de capital sobre el valor de ejercicio de la opción (valor de enajenación de las acciones – valor de ejercicio de la opción).

El impuesto aplicable sobre dicha ganancia es el Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional dependiendo de la residencia fiscal del empleado, el que deberá ser declarado y pagado a través del Formulario 22 del Servicio de Impuestos Internos (SII), en abril del año siguiente a la percepción de la renta.

B. Planes no pactados en contratos individuales o colectivos de trabajo:

En cambio, si tu stock option no está pactada en un contrato de trabajo, el ejercicio de la opción es un hecho gravado. Por ello, se considera como remuneración la diferencia entre el valor de mercado de la acción y el precio de ejercicio (que es el precio prefijado en la opción).

Similar al caso anterior, se aplica el Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional y, además, el Impuesto Único de Segunda Categoría. Estos deben ser retenidos, declarados y pagados por el empleador o la empresa según corresponda.

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